
Reglamento “Programa Cañuelas, Mi Lugar – ETAPA LOS CAMPITOS” Decreto Nº 0485/25
INSCRIPCIÓN:
El Procedimiento de inscripción deberá cumplimentar los siguientes requisitos:
1) El cien por ciento (100%) de los lotes estarán orientados a vecinas y vecinos del Partido de Cañuelas con una antigüedad mínima de cinco (5) años en el mismo;
2) Los lotes que se sometan al presente, resultarán los designados catastralmente como Partido: (15) Cañuelas, Circunscripción 2, Sección Q: Manzana 49A, Parcela 5; Manzana 49B, Parcelas 1, 3, 5, 8, 10 y 15; Manzana 49C, Parcelas 7, 9 y 10; Manzana 49D, Parcelas 2, 6 y 11; por indicación expresa del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM).
3) En cada sorteo a realizar, deberá expresarse de manera puntual, la ubicación, barrio y/o localidad, a los fines de brindar una información certera y transparente a los inscriptos;
4) La inscripción al programa se dará a conocer por todo medio de comunicación pública posible, para permitir así el acceso democrático y amplio de los y las vecinas de Cañuelas;
5) Los interesados deberán completar una Declaración Jurada de domicilio y datos personales. El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de realizar la visita al hogar declarado para su corroboración.
6) El día de la entrevista los aspirantes deberán entregar los comprobantes de ingresos familiares, de los DNI y memoria descriptiva del proyecto habitacional a realizar.
7) El aspirante que concurre a la entrevista debe tener su propio DNI y cumplir con los requisitos, a priori, de “personas físicas mayores de edad, que no sean propietarios ni poseedores a título de dueño a nombre del peticionante”.
8) Los aspirantes no pueden ser adjudicatarios de otros planes de viviendas.
9) Cualquiera de los aspirantes debe demostrar cinco (5) años (total) de residencia en el ámbito del distrito de Cañuelas o haber residido en el mismo (distrito) durante los últimos cinco (5) años inmediatos anteriores a la fecha de la petición del terreno.
10) Los aspirantes que cumplan todos los requisitos figurarán en el listado de aspirantes titulares del Programa, Etapa Los Campitos.
VALOR DEL LOTE Y FORMA DE PAGO
El lote tendrá un valor de 3.674 módulos municipales. El presente concepto y valor de “módulo” es el que surge de las Ordenanzas Fiscales e Impositivas vigentes al momento de la comercialización.
El precio total será abonado por la parte adjudicataria en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, venciendo la primera de ellas a los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación del sorteo, y las restantes en igual día de los meses subsiguientes.
Los montos resultantes deberán ser depositados en la cuenta bancaria que el Departamento Ejecutivo establezca.
Asimismo, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la entrega de la posesión del inmueble sorteado al adjudicatario/a una vez que éste/a haya efectuado el pago total del precio convenido, quedando dicha entrega sujeta al estricto cumplimiento de la obligación de pago en los términos precedentemente establecidos.
SORTEO
El sorteo de los lotes en los cuales participen los inscriptos, se hará por ante escribano/a público/a, en acto público.
Para el caso de mayor demanda que oferta de lotes puestos a sorteo, los beneficiarios serán los que resulten en primer orden, hasta completar la cantidad de lotes puestos a venta.
Se pondrá especial interés en la verificación de los requisitos exigidos por el presente programa, y para el caso de falencias y/o falsedad de cumplimiento de los mismos, se pierde el derecho adquirido y se recurre a un listado de suplentes.
La fecha, hora y lugar de realización del sorteo serán informados en medios de comunicación locales. Los interesados, podrán asistir al acto público donde se realizarán las pre adjudicaciones.
En el acto público se sortearán los lotes a preadjudicar y a continuación en igual número y con un orden ascendente se sortearán los postulantes para la conformación de una lista de beneficiarios suplentes, quienes accederán sólo de manera supletoria y respetando el orden asignado a la pre adjudicación en caso de comprobarse falsedad de datos o incumplimiento de cancelación de pagos.
La entrega de la posesión de los lotes adjudicados, se realizará una vez estén finalizados los trabajos de infraestructura correspondientes al emprendimiento.
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR/A
1) Abonar al Departamento Ejecutivo Municipal, las cuotas preestablecidas en el presente reglamento.
2) A partir de la toma de posesión:
a) Realizar el cercado perimetral.
b) Mantenerlo libre de malezas y en condiciones de higiene y seguridad.
c) Pagar las tasas e impuestos que gravan el inmueble.
d) No transferir ni ceder por cualquier concepto o modalidad el lote de terreno adjudicado. La transferencia o cesión a título gratuito u oneroso de los derechos de pre adjudicación o adjudicación otorgada, no dará derecho a devolución de los importes desembolsados, siendo además el infractor pasible de inhabilitación para inscribirse en el registro público de solicitantes por el plazo de 5 (cinco) años.
e) La tierra tendrá destino de vivienda única, familiar y permanente.
f) Realizar la presentación y gestionar la aprobación de los planos de la obra a construir en la parcela que le fuera adjudicada.
g) Hacerse cargo exclusivo de la nivelación de la parcela.
h) Edificar conforme plano aprobado por la Municipalidad.
i)
Ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en los artículos precedentes, el Departamento Ejecutivo podrá disponer la rescisión de la adjudicación siempre que el incumplimiento se dé con anterioridad a la transmisión de dominio, con pérdida para el adjudicatario del precio pagado hasta el momento sin derecho a indemnización o pago alguno, incluida las mejoras que pudiera presentar la parcela en cuestión. En el caso en que tuviera lugar con posterioridad a dicho acto el Municipio se reserva el derecho de iniciar las acciones administrativas y/o judiciales.