El decreto, firmado por la intendenta Marisa Fassi y la Secretaria de Gobierno Valeria Ríos, establece que únicamente estarán habilitados los trabajadores debidamente registrados, siendo requisito excluyente el Alta Temprana en AFIP; y siempre y cuando las personas que se desempeñan como personal doméstico residan en el partido de Cañuelas y no se encuentren entre la población de riesgo (mayores de 60 años, embarazadas o con comorbilidades) y podrán realizar sus tareas siempre y cuando no presenten síntomas compatibles con COVID-19.
El Decreto establece que el empleador deberá garantizar el traslado de los trabajadores y trabajadoras, quedando expresamente prohibido la utilización del servicio público de pasajeros (colectivos y trenes). No obstante, podrán contratarse vehículos habilitados para servicio de taxi, remis o similar.
También se dispone que el empleador deberá poner a disposición de los trabajadores y trabajadoras alcohol en gel o solución alcohólica (70/30), proveerles cubre bocas o mascarillas y guantes debidamente desinfectados.
“Los empleadores deberán anteponer la salud sobre todo otro interés y se comprometen a respetar y hacer respetar los reglamentos y protocolos existentes contra la propagación del COVID-19”, reza el articulado de la normativa.
En caso de constatarse incumplimiento de algún tipo, se aplicarán multas desde 50 hasta 1.000 módulos municipales.